¿Cómo actuar?
Protocolos, guias y manuales
La evolución de nuestras sociedades exige una respuesta cada vez más eficaz para abordar los retos que nos plantean las actitudes y manifestaciones existentes en contra del disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales; y muy especial-mente, frente a aquellas conductas que objetiva y subjetivamente comportan una carga de odio y discriminación hacia la víctima por su conexión, relación, afiliación, apoyo o pertenencia, real o supuesta, a un grupo basado en unas determinadas circunstancias recogidas por nuestra legislación.
El recorrido histórico en la lucha contra los delitos de odio en España lleva apenas una década, pero la mejora en este ámbito ha sido sustancial pese a las diversas dificultades derivadas de la falta de conocimiento de este tipo de delitos que, sin embargo, tienen su base en los propios derechos humanos, los cuales deben ser reconocidos a todas las personas por el mero hecho de serlo. Hecho que aparece recogido en la propia Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 1, señala que: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados de razón y con-ciencia, tienen el deber de comportarse fraternalmente los unos con los otros”.